Maternidad - La ley indica que una mujer que se convierte en madre ya sea por vez primera o no, cuente con el gozo de su salario sin que sea afectado por la ausencia de ella en el trabajo. Esto con el fin de brindarle una oportunidad de cuidar de su nuevo bebé en esa etapa de su desarrollo. El seguro social pagará en su totalidad del salario en este tiempo. Si se prolonga el tiempo de ausencia se hará a un 50 porciento únicamente.
Cero discriminación - Al buscar contratar a una persona está prohibido en las leyes de los derechos del trabajador realizar algún tipo de discriminación en este proceso. La preferencia sexual, raza, nacionalidad, religión y edad no deben ser una variante para no contratarte. Estando ya laborando cualquier tipo de discriminación no es aceptable y se debería reportar.
Vacaciones - Al cumplir con el primer año de trabajo los empleados pueden disfrutar de seis días de vacaciones. Esta cifra aumentará conforme pasen los años añadiéndole dos días más por cada uno. Será de esa manera hasta llegar al cuarto año de servicio. A partir de allí se agregarán dos días cada cinco años. 48 horas laborales por la semana con un día libre.
Todos hemos sido nuevos en algún ámbito en nuestras vidas. Cuando es algo tan importante para nosotros como nuestros derechos del trabajador, es crucial al menos conocer los aspectos básicos que los constituyen además de las prestaciones a las cuales deberíamos de gozar. La información es de nuestras mejores herramientas para combatir cualquier tipo de injusticia cometida contra nosotros. Acudiendo a Bufete Molina para asesoría legal que nos ayudarán a tener una relación laboral más digna y justa entre las partes involucradas.
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